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24/09/2018, Cooperativas Agro-alimentarias
Con esta medida, el etiquetado de la leche y los productos lácteos elaborados en España deberán identificar el “país de ordeño” y el “país de transformación” de la leche utilizada como materia prima.
El Consejo de Ministros aprobó este viernes 21 de septiembre, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un real decreto por el que se establece la obligatoriedad de incluir la indicación de origen en el etiquetado de la leche y los productos lácteos.
Real Decreto 1181/2018, de 21 de septiembre, relativo a la indicación del origen de la leche utilizada como ingrediente en el etiquetado de la leche y los productos lácteos
La normativa responde a la necesidad de dar solución al consumidor actual, que valora la transparencia y la información del origen de los alimentos que consume, a la vez que supone una medida muy demandada por el sector español y sus organizaciones representativas, que confían en que un etiquetado más claro en este sentido puede empujar las ventas de la leche nacional. Esta indicación ya viene siendo aplicada en otros países comunitarios, como Francia, Italia y Portugal.
Con esta medida, el etiquetado de la leche y los productos lácteos elaborados en España deberán identificar el “país de ordeño” y el “país de transformación” de la leche utilizada como materia prima.
La norma incluye al producto procedente de todas las especies de animales de abasto, y no solo a la leche de vaca. No obstante, la indicación será voluntaria para los productos amparados ya por una indicación geográfica (DOP o IGP).
Se indicará el origen de la leche utilizada como ingrediente cuando éste represente un porcentaje superior al 50%, expresado en peso, respecto al total de ingredientes utilizados.
Cuando el país de ordeño y/o de transformación sea exclusivamente España, siempre deberá indicarse “España” y no se podrá sustituir por la expresión “UE”. Sin embargo, cuando la leche no sea exclusivamente española, tendrá que indicarse “País de ordeño” y “País de transformación”, seguidas del nombre del/los Estados Miembros (EEMM), o “UE”, “fuera de la UE”, “UE y fuera de la UE”. De esta forma, la etiqueta de estos productos distinguirá claramente la leche ordeñada y transformada en España.
Afectará, por tanto, a productos como:
• Leche y nata, sin concentrar, azucarar ni edulcorar de otro modo.
• Leche y nata, concentradas, azucaradas o edulcoradas de otro modo.
• Suero de mantequilla, leche y nata cuajadas, yogur, kefir y demás leches y natas, fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, azucarados, edulcorados de otro modo o aromatizados, o con fruta o cacao.
• Lactosuero, incluso concentrado, azucarado o edulcorado de otro modo; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso azucarados o edulcorados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otras partidas.
• Mantequilla y demás materias grasas de la leche.
• Quesos y requesón.
Con la aprobación de esta norma, es la primera vez que se regula en España el etiquetado de origen obligatorio de un producto alimenticio por iniciativa propia, sin que constituya un mandato de la normativa europea, ya que el Reglamento de la Unión Europea en vigor sobre información al consumidor, y en particular al etiquetado de alimentos, es voluntario para cada país.
Aplicación de la norma
La obligatoriedad de inclusión del origen en el etiquetado lácteo, que estará en vigor durante un periodo de dos años, comenzará a aplicarse a partir de los cuatro meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir el 23 de enero de 2019, por lo que la Industria Láctea tendrá tiempo en adaptarse, según fuentes del Ministerio de Agricultura.
En cuanto a los productos legalmente fabricados antes de la entrada en vigor del Real Decreto, podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias.
Información para el consumidor
Con esta medida puesta en marcha por el Gobierno los consumidores españoles van a poder tener una información clara sobre dónde se ha ordeñado y transformado la leche y los derivados lácteos que compren. Se trata de una medida en favor de la información veraz y un compromiso de la industria láctea con la transparencia.
Según se constata en algunas encuestas, los consumidores quieren conocer el origen de los alimentos que adquieren. De acuerdo con esos datos, el 88% de los consumidores españoles, un 4% más que los europeos, estiman necesaria la identificación del origen de la leche como producto y como ingrediente de otros productos lácteos y el 86% de los distribuidores en su mayoría consideran que el identificativo del origen español aumentaría sus ventas de leche
Un año de retraso
La aprobación de esta norma acumulaba ya un año de retraso y en los últimos meses crecía ya el descontento por la tardanza tanto entre los ganaderos como entre los consumidores. Los trámites burocráticos han sido la causa de este retraso y también ha podido influir el informe desfavorable a la aprobación de la norma emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) hace unos cuatro meses, en el que admitía que el etiquetado del origen “es una información que puede ser relevante para el consumidor”, pero en su opinión supondría una restricción, ya no sólo a la competencia efectiva sino también a la libre circulación de mercancías.
No obstante, el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, se comprometió con el sector al tomar posesión de su cargo en junio en que la norma se aprobaría lo más pronto posible. El resultado se materializó el pasado viernes 21 de septiembre.
Por parte de los consumidores, desde la organización Facua-Consumidores en Acción, Miguel Ángel Serrano, señala que el contenido de la norma es positivo porque defiende el derecho del consumidor a la información, una premisa “básica” y considera que una de las formas de garantizar la libre competencia es dando la máxima información posible al cliente para que pueda elegir libremente qué tipo de producto quiere.